En los últimos tiempos, hemos visto cómo han proliferado las cámaras de seguridad en el exterior de las viviendas sobre todo en chalets adosados, pareados y unifamiliares, donde existen bastantes zonas a la vista y son de más fácil acceso.

Por ello, hoy queremos aclarar qué podemos hacer y qué no cuando nos decidamos a instalar una cámara de vigilancia.

Límites razonables a la videovigilancia

Aunque hablamos de propiedad privada y de seguridad en el hogar, hay que conocer la normativa vigente y hacer acopio del sentido común para cumplir con una correcta instalación.

Si bien la cámara está en nuestra propiedad, puede violar la privacidad de los vecinos y transeúntes de la vía pública. Para que esto no ocurra, debemos evitar que la cámara grabe zonas de la vía pública. Si bien es cierto que se pueden captar peatones o coches del exterior de forma parcial, es muy importante que no sea posible identificar a la persona o matrícula del coche.

Si queremos instalar una cámara en zonas comunes de la comunidad como el garaje o el patio, es necesario informar y solicitar el permiso al resto de vecinos. Una vez tengamos el visto bueno, podemos proceder a su instalación, asegurándonos de cumplir la Ley de Protección de Datos.

Si instalamos el equipo de seguridad en adosados, siempre con previa autorización, debemos tener cuidado de no captar piscinas, terrazas o balcones ajenos, pues estaríamos invadiendo la intimidad de nuestros vecinos.

El equipo adecuado

Antes de realizar la instalación, analiza bien dónde quieres instalar las cámaras de seguridad y los límites que quieres que queden registrados. Una cámara de gran angular puede no ser una buena solución, pues es posible que capte zonas públicas o espacios comunitarios, con la consecuente infracción de la ley.

Es preferible evitar también las cámaras robotizadas, pues no tienen un objetivo fijo y podemos filmar, sin querer, zonas que no debemos.