En el blog de hoy vamos a tratar el tema de las obras en tu casa de alquiler. 

Cuando estás viviendo en una casa alquilada o tienes alquilada una casa a terceros en muchas ocasiones es necesario realizar obras, ya sea por imprevistos, mejorar o cosas que haya que reparar.

¿Dónde se regulan los aspectos del contrato de alquiler relacionados con las obras de conservación? 

Todos estos términos aparecen en la Ley de Arrendamientos que estipula y regula los casos en que haya que realizar una reforma o una mejora en casa.

Obras de conservación

  • El arrendador debe hacer todas las reparaciones necesarias para la buena conservación de la vivienda
  • El arrendador aunque tenga que hacer obras no puede aumentar la renta
  • Si por el contrario las reparaciones se deben al mal uso del inquilino el propietario no tiene la obligación de cubrirlas
  • Cuando las obras deban realizarse de forma urgente (para evitar daños graves e inmediatos), el inquilino podrá efectuarlas siempre que se lo comunique al propietario.

Obras de mejora

En este caso son obras que afectan a la salud, higiene y comodidad del inmueble y aquellos que viven en el. Estas obras deben ser costeadas por parte del propietario y si se alargan mucho se puede pedir una reducción de la renta si el inquilino no puede habitar la vivienda.

Obras de arrendatario

Existen casos, que si la obra es muy grande que el inquilino necesitará el permiso por escrito del propietarios, por ejemplo en el caso de modificar los elementos estructurales de la vivienda.

Si se hace la obra sin permiso del propietario este puede pedir que se vuelvan a modificar los elementos como estaban anteriormente.

En algunos otros casos también se puede hacer una reducción de la renta si el inquilino se ofrece a pagar por su parte la obra.